Confirma Tribunal amonestación pública a alcaldesa de Reynosa

Victoria.- (Alfredo Guevara) Menos de diez minutos le bastaron al pleno de los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas (TEE) para confirmar la sanción, consistente en una amonestación pública, a la alcaldesa electa de Reynosa Maki Esther Ortiz Dominguez por utilizar de manera indebida recursos públicos

La alcaldesa, quien a partir del uno de octubre entrará en funciones por un nuevo periodo, había interpuesto un recurso de apelación ante el Tribunal, luego de que el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam) le impusiera esa amonestación pública

En proyecto, la ponencia a cargo de la magistrada propuso se desechara de plano el medio de impugnación, toda vez que se actualiza la causal de improcedencia prevista en la ley local de medios de impugnación, al existir un cambio de la situación jurídica que lo deja sin materia
Durante la sesión pública, quedó establecido que la sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (PJF), mediante resolución dictada el pasado 15 de septiembre, determinó revocar la resolución dictada por el Tribunal Electoral de Tamaulipas y dejar subsistente la sanción a la alcaldesa electa, impuesta por el Ietam

Por lo anterior, a partir de que la sala regional dejo firme la sanción, quedó sin materia el recurso de apelación interpuesto por Esther Dominguez, al existir un cambio de situación jurídica, de ahí que se haya aprobado por unanimidad desechar el medio de impugnación
La misma suerte corrió Francisca Castro Armenta, quien interpuso un recurso para la defensa de los derechos político electorales del ciudadano, en contra de la asignación de Río Bravo, de una regiduría por el principio de representación proporcional, otorgada a Laura Leyva Cázares, el cual fue desechado

En la inconformidad, Castro Armenta consideraba que la asignación de la regiduría a Leyva Cázares fue indebida, correspondiente al partido Movimiento de Regeneración Nacional, por no pertenecer a dicho organismo político
Se desechó el recurso por improcedente, ya que la demanda se presentó ante el Consejo Municipal Electoral de Río Bravo, al no ser la autoridad responsable y trasladarla al Tribunal Electoral dos días de los cuatro para impugnar, lo que hace notoria la extemporaneidad del medio de impugnación.

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