Confirma TRIFE triunfo de Alma Laura Amparan en alcaldía de Altamira

Altamira.- (Josefina Castillo)!Resolutivo de la Sala Regional del Tribunal del Poder Judicial de la Federación con sede de Monterrey en el caso de la elección a Ayuntamiento de Altamira en su dictamen, ratifica los resultados de la elección de Ayuntamiento y entrega de constancia de mayoria a Alma Laura Amparán Cruz candidata a la coalición «Por Tamaulias Al Frente», en respuesta al recurso de impugnación presentado por el Partido Morena por el candidato Armando Martinez Manríquez presentada por la hermana del abanderado Ana Elena Martinez Manríquez.

Primero.- Se acumula los expedientes SM-JDC 1176/2018 SM-JDC 1223/2018 y SM-JRC-354/2018, aldiverso SM-JRC-299/2018. Se ordena agregar copia certificada de los resolutivos de esta sentencia a los expedientes acumulados.

Segundo.- Se confirma la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas en los recursos de inconformidad TE-RIN-23/2018 y TE-RIN-24/2018 acumulados.

Tercero.- Se revoca la resolución dictada por el tribunal electoral del estado de Tamaulipas en el recurso de la defensa de derechos políticos electorales del ciudadano TE-RDC -71/2018.

Cuarto.- Se revoca en lo que fue materia de impugnación el acuerdo del Consejo general del instituto electoral de Tamaulipas identificado con la clave IETAM/CG-78/3018, exclusivamente por lo que hace a la asignación de regidurías de representación proporcional del ayuntamiento de Altamira Tamaulipas.

Quinto.- se revocan en vía de consecuencia las constancias de asignación de regidurías de representación proporcional entregadas por esta autoridad administrativa electoral.

Sexto.- en plenitud de jurisdicción se realizan por esta sala la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional en el ayuntamiento de Altamira Tamaulipas en los términos de este fallo.

Septimo.- se inaplican al caso concreto la porción normativa de los artículos 200 y 202 fraccion I de la ley electoral local referente al concepto de votación municipal emitida.

Octavo.- se ordena al Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas que proceda conforme al apartado de efectos de la represente sentencia.

Noveno.- comuniquese está sentencia a la sala superior electoral del poder judicial de la federación para los efectos constitucionales conducentes para que por su conducto se informe a la Suprema Corte de Justicia de la Nación en términos del articulo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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