Victoria.- (Alfredo Guevara) Si bien existe fundamentación para que los ayuntamientos cobren por la recolección de la basura, habría que ver para que fines fiscales, es decir, que necesidad se va a atender con lo recaudado por ese concepto.
Incluso, no obstante a que el ciudadano pudiera promover un amparo contra esa disposición, no procederá, a menos que el cobro fuera inequitativo o contrario al principio de proporcionalidad, estimó Abelardo Perales Meléndez.
El Consejero Jurídico del Gobierno del Estado consideró que en la fracción tercera del artículo 115 de la Constitución establece cuales son los servicios municipales, entre éstos la recolección de la basura.
La fracción cuarta de ese mismo artículo en la Constitución dice que los municipios podrán tener ingresos siempre y cuando los fije la legislatura local, es decir, el Congreso de Tamaulipas, por los servicios públicos que prestan.
“Es decir, hay fundamento constitucional en su fracción cuarta. Relacionada con la tercera del 115, en cuanto a que los municipios pueden cobrar impuestos por los servicios públicos que tienen encomendados pero no los pueden fijar, porque debe ser la legislatura local” abundó.
Recordó Perales Meléndez que el ayuntamiento no tiene potestad tributaria, en otras palabras, capacidad de decisión para fijar impuestos.
“No veo que el impuesto a cobrar sea inconstitucional, puede ser contrario a una política fiscal, a situaciones de carácter social o económico pero no constitucional porque hay una fundamentación” subrayó.
Lo que habría que ver, son los fines parafiscales de esos impuestos, es decir, que renglón se va a atender con lo que se recaude por concepto de la recolección de la basura, toda vez que la iniciativa no pasó por la Consejería Jurídica, expuso.
Admitió que si bien la población podría solicitar un amparo para no pagar dicho cobro por la recolección de la basura, difícilmente procedería porque insistió, “existe el fundamento en la Constitución”.
De ser inequitativo o contrario al principio de proporcionalidad y equidad, es cuando podría proceder, apuntó.